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Después de una infidelidad algunas parejas deciden divorciarse, por lo que surgen muchas dudas, entre ellas sobre las consecuencias de legales del adulterio. En el siguiente artículo, que ha sido redactado con la guía de nuestros abogados en materia familiar, encontrarás la siguiente información:
Te invitamos a compartir esta información con amigos, familiares y conocidos a quienes les puede ser de gran ayuda. No olvides visitar nuestro Foro de divorcio en donde podrás expresar tus inquietudes y dudas y uno de nuestros especialistas te responderá. Finalmente, te invitamos a consultar nuestros artículos de apoyo en donde encontrarás información importante.
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Una de las consecuencias legales del adulterio, para el cónyuge que lo hubiere cometido, sería la pérdida de aquello que se le hubiere dado o prometido por su cónyuge o por otra persona vinculada en parentesco con este. Asimismo, el cónyuge inocente conservará lo recibido, pudiendo demandar lo demandado en su beneficio.
Otra de las consecuencias sería que el juez condenará al cónyuge adulterino al pago de los alimentos a favor del cónyuge inocente. Además, si carece de bienes o que durante el matrimonio se dedicó a la administración del hogar y cuidado de la familia, y si está imposibilitado para trabajar, tendrá derecho a alimentos.
Por último, el cónyuge inocente podrá demandar la indemnización por daños y perjuicios que el divorcio le haya generado. En consecuencia, ambos cónyuges quedan en aptitud o capacidad para contraer un nuevo matrimonio.
El matrimonio es una institución de orden público, esto se refiere a que su contexto jurídico es obligatorio e irrenunciable y además al Estado le interesa su cumplimiento y permanencia. El objeto del matrimonio son los derechos y obligaciones que nacen entre los cónyuges:
El incumplimiento a lo antes señalado es lo que da origen a su fundamento de la causal de adulterio.
La pensión alimenticia, en los casos de divorcio necesario, se extinguirá cuando el esposo beneficiado contraiga nuevas nupcias o se una en concubinato.
En la legislación penal federal quedó derogado el delito de adulterio contenido en su capítulo IV, el ocho de junio del dos mil once. Así como en sus legislaciones locales de cada entidad federativa del país. Por lo tanto, solo subsiste como causal de divorcio en los cuerpos legales que contemplan el divorcio necesario.
Lo anterior, definiéndolo bajo el siguiente texto:
El adulterio debidamente probado de uno de los cónyuges o los actos preparatorios que de manera necesaria y directa tiendan al mismo, además, el habitual comportamiento de alguno de ellos, consistente en actos u omisiones contrarios a la fidelidad y respeto recíprocos entre los consortes, que fundamente obligue a presumir la conducta adúltera de uno de ellos, si esta se prolonga por más de un año.
Así mismo, es importante considerar que, independientemente de su comisión, las cargas alimentarias sobreviven, no solo para con los hijos menores o mayores incapacitados, sino para con los cónyuges, e incluso la posibilidad de una reparación del daño.
La demanda de divorcio por adulterio solo es procedente en los siguientes casos:
La demanda por adulterio es el documento por medio del cual se interpone un divorcio necesario, fundamentado en una causa legal, que hace imposible la vida conyugal. Además, al momento de la resolución establecerá las condiciones referentes a los hijos después del divorcio.
Es relevante considerar que la causal de adulterio, solo incumple con la obligación de fidelidad, injuriando gravemente a uno de los cónyuges, no puede trascender a las relaciones paterno – filiales. Esto es, en el caso de la patria potestad sobre los hijos, el adulterio no lesiona las obligaciones antes señaladas.
Un cónyuge con este tipo de conductas adúlteras, no siempre es un mal progenitor, por lo que, hacerle perder la patria potestad, constituye una injusticia que carece, de una vinculación lógica jurídica. Toda vez, que esta condición afecta directamente a los hijos, ajenos a los problemas conyugales de sus progenitores.
La reconciliación de los esposos pone fin al procedimiento de divorcio, cualquiera que sea el estado procesal que este se encuentre, siempre que no se haya dictado sentencia y se haya ejecutoriado.
El cónyuge varón o mujer, que haya sido víctima de infidelidad, tendrá los siguientes derechos:
Las condiciones anteriores serían algunos de los derechos o consecuencias derivadas de la infidelidad de cualquiera que sea el cónyuge que la efectúa.
Las donaciones prenupciales se entienden por revocadas por el adulterio o el abandono injustificado del domicilio conyugal por parte del donatario cuando el donante fuera otro cónyuge.
No, el vínculo paterno – filial, es muy independiente del vínculo matrimonial que existe entre los esposos. Solo en los casos de violencia en contra de los menores podrá ser sujeta a la privación de la patria potestad.
Lo primero que debes hacer es acudir con un abogado, para efectos de que te elabore una demanda de divorcio necesario. Lo anterior, si en efecto lo contempla la legislación del estado donde te encuentres.
Las ventajas que existen son, que se constituye un patrimonio en común con disposiciones establecidas que pueden ser modificadas, conforme vaya creciendo el caudal matrimonial. Así mismo, queda establecido que bienes, derechos o disposiciones constituyen la sociedad conyugal.
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