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Pensión Compensatoria

  • Descubre qué es una Pensión Compensatoria.
  • Pasos para solicitar una Pensión Compensatoria.
  • Cómo calcular la Pensión Compensatoria.

Info rápida:

Costo: $ 10000 - 15000

Duración: uno - seis meses

Trámite: presencial

Con el propósito de apoyarte si estás pasando por el proceso de un divorcio y necesitas tramitar una pensión compensatoria y no sabes cómo hacerlo nosotros te ayudamos en el proceso, con el apoyo de nuestro equipo de abogados especialistas en materia familiar hemos elaborado esta guía. Así que te invitamos a leer nuestro artículo hasta el final esperando te sea de gran utilidad.

  • Quienes pueden demandar la pensión compensatoria.
  • Cese de la obligación.
  • Criterios jurisprudenciales.

Por último, esperamos haberte ayudado a despejar tus dudas en el procedimiento de pensión compensatoria y te invitamos a compartir la esta guía con tus amigos o familiares que estén pasando por una situación semejante. Si tienes alguna duda o inquietud te invitamos a dejarlas en la caja de comentarios que se encuentra al final del artículo.

¿Qué es una Pensión Compensatoria? ¿Cuánto cuesta?

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La pensión compensatoria es aquella que recibe el cónyuge por parte del otro, por motivo de la separación o el divorcio y lo haya colocado en un desequilibrio económico en relación con el otro cónyuge. Esto es, su situación económica empeoro en comparación a cuando subsistía su matrimonio.

Este tipo de pensión puede pactarse de forma temporal o por tiempo indefinido de acuerdo a la voluntad de ambos  cónyuges derivado de lo establecido en el convenio de divorcio. A falta de acuerdo en el convenio, será el juez conforme a sus facultades aplicando su criterio quien determinará la imposición de la misma.

Es importante, considerar que el desequilibrio económico en el cónyuge que tenga la necesidad de pedirlos se produjo debido a las cargas obligacionales que tuvo durante el matrimonio. Esto es, que se haya dedicado al cuidado de los hijos, esté imposibilitado para trabajar o carezca de bienes.

Así mismo, se tomarán las siguientes circunstancias:

  1. La edad y estado de salud de los cónyuges.
  2. El grado profesional y posibilidad de acceso a un empleo.
  3. Duración del matrimonio y la dedicación pasada y futura a la familia.
  4. Colaboración con su trabajo en las actividades del cónyuge.
  5. Medios económicos de uno y de otro cónyuge, así como sus necesidades.
  6. Demás obligaciones que tenga el cónyuge deudor.

El costo del trámite de esta prestación, dependerá de la representación legal que acudas. Un abogado particular te cobrará aproximadamente entre $ 10,000.00 y $ 15,000.00 pesos. Esta prestación debe ser solicitada dentro del procedimiento de divorcio, toda vez que la presunción del desequilibrio económico se deriva de la acción propia del divorcio.

Por consiguiente, debemos tener claro que la pensión compensatoria es una figura legal diferente a la pensión alimenticia. La primera es un derecho económico que se pide entre cónyuges cuando sobreviene la separación o el divorcio y le provoque un desequilibrio económico. Relacionado con la situación que tenía durante el matrimonio. La segunda es la obligación que tienen los progenitores para con los hijos, con la finalidad de satisfacer sus necesidades alimentarias.

Puedes solicitar una pensión compensatoria cuando:

  • Cualquiera de los cónyuges haya realizado trabajo en el hogar, como tareas de administración, dirección, atención y cuidado de la familia de forma continua, durante el periodo que duro el matrimonio.
  • Cualquiera de los cónyuges no pueda proveerse sus alimentos por sí mismo en atención a su condición o circunstancia.

De ser concedido este derecho se disfrutará solo mientras no se contraiga un nuevo matrimonio o se una en concubinato el beneficiado.

Cálculo de Pensión Compensatoria

En la legislación mexicana no existe una escala de medición que permita calcular el grado de necesidad o evaluar los daños ocasionados por la interposición del juicio de divorcio, en los que el juez pueda apoyarse para fijar la prestación de referencia.

Por lo anteriormente expuesto, se desprende que esta pensión se podrá fijar de dos formas que a continuación te señalamos:

  1. Por acuerdo entre los cónyuges.
  2. Sentencia Judicial.

Si se da el acuerdo de voluntades entre los cónyuges la cuantía de la pensión se podrá fijar a través del convenio de divorcio por mutuo acuerdo. En el caso de no llegar a un acuerdo los cónyuges, la cuantía la fijará el juez al momento que invoque la sentencia.

Una vez acordada, solo podrá modificarse de mutuo acuerdo por los cónyuges y cuando el origen de esta se haya establecido de forma escrita a través de un convenio.

En el caso de que su origen haya sido a través de sentencia fijada por el juez, la modificación solo se podrá hacer cuando el peticionario acredite que ha sufrido cambios importantes en su patrimonio.

Requisitos para solicitar una Pensión Compensatoria

Los requisitos para solicitarla son los siguientes:

  • La existencia de un matrimonio.
  • Solicitud de la pensión compensatoria en el mismo procedimiento de divorcio.
  • El desequilibrio económico como requisito esencial.
  • Valoración de los ingresos de cada cónyuge.
  • Descenso del nivel de vida a partir de la separación.
  • Duración del matrimonio, mayor duración mayor posibilidades de pensión compensatoria.
  • Edad y formación laboral. A más juventud y mayor formación menos posibilidades de pensión compensatoria.
  • Dedicación pasada y futura a la familia. Cuando uno de los cónyuges dejo su trabajo para dedicarse al cuidado de la familia.
  • Estado de salud de los cónyuges.

¿Cómo solicitar una Pensión Compensatoria?

Este tipo de pensión, la puedes solicitar una vez roto el vínculo matrimonial y que como consecuencia se produzca un desequilibrio económico comprobable respecto al nivel de vida que se tenía antes de la separación o divorcio. Esta acción no pretende igualar el patrimonio de los ex cónyuges, sino compensar al ex cónyuge que resulte más perjudicado en su condición económica, resultado de la separación de referencia.

En los siguientes casos no podrás solicitarla:

  • Cuando el desequilibrio económico se produzca en ambos cónyuges.
  • En el supuesto de que ambos cónyuges tengan bienes propios y una forma de obtener ingresos. Lo que les permita después del divorcio continuar con el mismo nivel económico que tenían durante el matrimonio, sin que les produzca un detrimento patrimonial

En conclusión, para que exista el derecho a la solicitud de la pensión compensatoria, el desequilibrio económico debe ser evidente en solo uno de los cónyuges que lo coloque en desventaja frente al otro.

Pensión Compensatoria – Jurisprudencia

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Para fijar esta modalidad de pensión atenderemos los siguientes criterios emitidos por La Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Pensión Compensatoria. La mujer que demanda su pago con el argumento de que se dedicó preponderantemente al trabajo del hogar o al cuidado  y educación de sus hijos, con perspectiva de género, revierte la carga de la prueba al deudor alimentario.

El criterio anterior nos establece la forma de contribución de la mujer dentro del matrimonio. En el siguiente enlace podrás consultar el contenido total de este criterio.

En el criterio que a continuación te presentamos, nos establece hasta que momento podrás pedir este tipo de pensión, para el caso de que no se hubiera analizado en el juicio de divorcio.

Pensión Compensatoria. Procede demandarla en juicio autónomo al divorcio cuando no existe cosa juzgada.

Por último, te dejamos la siguiente tesis que nos hace referencia  a la falta de señalamiento de su actividad durante el matrimonio.

Pensión Compensatoria. Si la acreedora alimentaria no señalo en su demanda haberse dedicado preponderantemente a las labores del hogar y cuidado de los hijos, ello no la excluye de percibir aquella, ya que puede demostrar su desequilibrio económico con una argumentación jurídica válida que justifique su necesidad y vulnerabilidad.

Preguntas frecuentes de Pensión Compensatoria

¿En qué casos no procede esta modalidad de pensión?

  • Cuando el divorcio o la separación genera un desequilibrio económico en ambos cónyuges.
  • En el caso de que ambos cónyuges tengan bienes o ingresos propios que les permita seguir teniendo después de la separación el mismo nivel económico que tenían durante el matrimonio.

¿Cuándo se tiene derecho a la pensión compensatoria?

Cuando a uno de los cónyuges el divorcio o la separación le genere un desequilibrio económico, el otro cónyuge deberá pagarle una pensión compensatoria.

¿La pensión compensatoria la tiene que fijar el juez?

No necesariamente, con que ambos cónyuges la acuerden dentro del convenio de divorcio y sea suficiente para la subsistencia del cónyuge beneficiario.

Fuentes de información

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