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Costo: $ 15,000 - 25,000
Duración: seis meses a un año
Trámite: presencial
Abordar temas en materia familiar y, sobre todo, en donde las decisiones de los adultos repercuten en los menores no es un tema fácil. Por ello, en el siguiente artículo te presentamos información importante sobre la guarda y custodia en el Estado de México.
Sabemos lo difícil que es cuando de nuestras decisiones depende el lugar donde vivirán, el nuevo entorno familiar y la ausencia de alguno de los padres, entre otras condiciones. En Divorcio Fácil te explicamos de una forma muy sencilla si es que ya has tomado la decisión de emprender una acción de este tipo.
Esperamos que te quedes hasta el final de nuestro artículo y te sea de gran ayuda, asimismo, te invitamos a compartirla con alguien más, que puede estar pasando por la misma situación. De igual forma te invitamos a dejar tus comentarios y dudas en la caja de comentarios que se encuentra al final de este artículo.
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La guarda y custodia en el Estado de México es una figura legal que deriva de la Patria Potestad. En donde los progenitores de común de acuerdo deciden con qué progenitor vivirán los menores hijos, y qué progenitor ejercerá el régimen de visitas y convivencias. Esta figura, toma fuerza legal cuando sobreviene un divorcio o una separación entre los progenitores.
El procedimiento de la guarda y custodia se tramita ante la autoridad judicial competente, presentando un convenio en donde se establecerá la forma de cubrir las necesidades de los menores. Por ejemplo, qué progenitor tendrá la guarda y custodia, los días de convivencia, periodo de vacaciones compartido y demás cuestiones relativas al buen desarrollo. Lo anterior siempre atendiendo el interés superior de la niñez.
Si los padres no llegan a un acuerdo, quien decidirá al respecto será el juez que conozca de asunto. Considerando, escuchar al o los menores para tomar la mejor decisión y atendiendo a los principios de igualdad y de género de los progenitores.
Puedes solicitar la Guarda y Custodia cuando:
El procedimiento si lo llevas a través de un abogado particular, el costo aproximado será entre $15.000 a $25,000 pesos. Esta cantidad dependerá del despacho al que acudas, las instancias que se tengan que agotar o bien de las negociaciones que se tengan que realizar con motivo de la guarda y custodia.
No obstante de lo anterior, si vives en el Municipio de Atizapán de Zaragoza en el Estado de México. Puedes acudir a la Dirección Jurídica y Consultiva, en donde a través de un estudio socioeconómico, te llevarán tu procedimiento a costo muy bajo.
El procedimiento para este tipo de juicio, dura aproximadamente entre seis y doce meses. Lo anterior en ambas modalidades de representación.
Requisitos | Costo aproximado |
Acta de Nacimiento | 71.70 MXN |
Acta de Matrimonio | 94.00 MXN |
Para el otorgamiento de la guarda y custodia en el estado de México se contemplan dos supuestos:
Los requisitos para el procedimiento de guarda y custodia son los siguientes:
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El procedimiento de guarda custodia podrán promoverlo quienes ejerzan la patria potestad, la persona o Institución que tenga la guarda y custodia de las niñas, niños o adolescentes. Las actuaciones se practicarán con intervención de la Procuraduría de Protección de niñas, niños y adolescentes del Estado de México, las procuradurías de protección municipales y del Ministerio Público. Quienes en todo momento velarán y resguardarán por los intereses de la niñez y de las personas o instituciones con los derechos mencionados.
En el Estado de México y de acuerdo a las disposiciones en su legislación, el otorgamiento de la guarda y custodia de las niñas, los niños y los adolescentes o incapaces quedará preferentemente al cuidado de la madre, atendiendo al interés superior de la niñez. A menos que exista una causa justificada a criterio del Juez. No será obstáculo para la preferencia maternal en la custodia, el hecho de que la madre carezca de recursos económicos.
El siguiente criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nos establece que además de realizar la prueba personal para evaluar la idoneidad de los padres para ser titulares de la guarda y custodia de un menor. Es pertinente que también se practique a las respectivas parejas de los padres, toda vez que forman parte del núcleo familiar donde aquel va a vivir.
Guarda y custodia de Menores. Las pruebas psicológicas para evaluar la idoneidad de los padres para ejercerla, puede extenderse a las personas con las que van a convivir, que son ajenas al núcleo familiar primario (abuelos, primos y tíos).
Sí, cuando el progenitor custodia tiene una nueva pareja y este cohabita con el menor o menores, la ley contempla que este debe practicarse pruebas periciales en materia de trabajo social y psicología familiar para demostrar la idoneidad de poder convivir con los menores con el propósito de garantizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
En la propuesta de divorcio debes contener los siguientes supuestos respecto a los hijos:
Algunas obligaciones que se derivan de la guarda y custodia son las siguientes:
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