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Guarda y Custodia Código Civil en CDMX

foto de Lic. Nancy Ruvalcaba López

Por: Lic. Nancy Ruvalcaba López - Cédula: 5767092 | Diciembre 28, 2021.

  • ¿Qué es la Guarda y Custodia según el Código Civil?
  • Formato de Guarda y Custodia en Ciudad de México.
  • Requisitos de Guarda y Custodia en CDMX.

Info rápida:

Costo: $ 0 - 25,000

Duración: seis meses a nueve meses

Trámite: presencial

En Divorcio Fácil sabemos lo complicado que es hablar del tema de guarda y custodia código civil en CDMX, sobre todo por el aspecto emocional que esto implica en los progenitores y sobre todo en los hijos. En el siguiente artículo te ofrecemos la orientación necesaria por si estás pasando por una situación semejante. La misma está realizada con el apoyo de un equipo de expertos en la custodia y derecho familiar, en la que encontrarás los siguientes temas:

  • Qué es la Guarda y Custodia según el Código Civil de Ciudad de México.
  • Sus requisitos, costos y procedimiento.
  • Criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Si después de leerla te surgen dudas al respecto te invitamos a dejar tus comentarios en la caja de comentarios al final de la guía, asimismo, compártela con tus amigos y familiares o con alguien que sepas que está pasando por lo mismo.

¿Qué es la Guarda y Custodia según el Código Civil en CDMX?

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La guarda y custodia código civil en CDMX, es el conjunto de deberes que los progenitores en ejercicio de la guarda y custodia, tienen para con sus menores hijos. Como lo es, el cuidado, atención, convivencia y designación del progenitor con quien vivirá el o los menores, y demás deberes necesarios para el buen desarrollo y crianza de estos últimos.

En el mismo sentido, se debe establecer los cuidados y procuración para el caso de los hijos con alguna discapacidad física o mental. Los progenitores cualquiera que sea el que ejerza la custodia o régimen de visitas por quien no la tiene. Además de proveer las necesidades básicas alimentarias y educacionales, deberán proporcionar los cuidados relacionados con el tipo de discapacidad del hijo, ya sean médicas o de reforzamiento terapéutico.

Puedes Solicitar la Guarda y custodia:

  • Por convenio que establezca el acuerdo de los padres.
  • Por Sentencia decreta por autoridad judicial, cuando no hay acuerdo de los progenitores.
  • Impedimento del ejercicio de ambos padres.

¿Cuánto cuesta su trámite?

El costo para este tipo de trámite en la CDMX, tendrá un costo aproximado de $15,000.00 a $25,000.00 pesos. Si acudes con un abogado particular, el servicio prestado por este último será la asesoría y representación en el juicio de guarda y custodia.

Por el contrario, si eres hombre, mujer, adulto mayor o persona con algún tipo de discapacidad en situación vulnerable. Puedes acudir a la Institución de Desarrollo Integral de la Familia DIF, en la Ciudad de México, solicitando el Patrocinio Jurídico en Materia Familiar. Ahí se te brindará asesoría gratuita y/o en su caso te asignaran un abogado especialista en derecho familiar, otorgándote el servicio gratuito en los juicios de guarda y custodia.

En consecuencia, la duración del procedimiento de guarda y custodia en ambos casos, será aproximadamente entre seis a nueve meses. En el procedimiento que definitivamente no se llegue a un acuerdo entre los progenitores el juicio se puede prolongar en tiempo hasta un año para su total resolución judicial.

Requisitos Costos aproximados
Acta de nacimiento 77.00 MXN
Acta de matrimonio 77.00 MXN
Asesoría particular 0 a 25,000.00 MXN

imagen comilla

La guarda y custodia derivada de un divorcio, en la solicitud que se presente ante el juez de lo familiar deberá contener la propuesta de convenio con los siguientes requisitos:

  • La designación del cónyuge que ejercerá la guarda y custodia de los hijos menores e incapaces.
  • Establecer las modalidades del régimen de visitas y convivencias.

Guarda y Custodia Código Civil en CDMX – Requisitos

En el juicio de guarda y custodia necesitas para iniciarlo los siguientes documentos:

  1. Acreditar el Vínculo filial, para el caso de no ser casados.
  2. Acta de matrimonio, si derivará de un matrimonio.
  3. Actas de nacimiento de los menores, progenitores o de quien promueva el juicio.
  4. En el caso de fallecimiento de los progenitores, presentar las actas de defunción.
  5. Estudio socioeconómico.
  6. Los medios de prueba que acrediten el ejercicio de la acción.
  7. La presentación de testigos que acrediten el beneficio de la guarda y custodia a favor del demandante.
  8. Identificaciones oficiales con fotografía del promovente y sus testigos.
  9. Recibo de ingresos del promovente.

Guarda y Custodia Código Civil en CDMX – ¿Cómo Solicitarlo?

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El procedimiento de guarda y custodia y conforme al código de procedimientos civiles del Distrito Federal, se realiza ante el juez oral familiar, y se desarrolla en el siguiente orden:

  • Cuando a petición de parte interesada, se deba resolver provisionalmente sobre la custodia y la convivencia de las niñas y los niños con sus padres.
  • Se dará vista a la parte contraria y, en caso de desacuerdo, se señalará día y hora para que tenga verificativo la audiencia que resolverá sobre la custodia y la convivencia de los menores.
  • La audiencia de referencia se efectuará dentro de los quince días siguientes. En la sesión donde sean escuchados los menores.
  • A criterio del juez, podrán ser asistidos por el Agente del Ministerio Público de la adscripción y por el asistente de menores correspondiente adscrito al Sistema Integral de la Familia del Distrito Federal.
  • Tanto el Ministerio Público como el asistente de menores, no será necesario protestar el cargo, y no realizará manifestaciones dentro de la audiencia correspondiente.
  • Quien tenga a los menores bajo su cuidado, los presentará a la audiencia, para que sean escuchados por el Juez.
  • El Juez de lo Familiar valorando todos y cada uno de los elementos que tenga a su disposición, podrá incluir valoración psicológica del menor y de las partes que solicitan la custodia, determinará a quién de los progenitores corresponderá la custodia provisional de los hijos menores de edad.

En el mismo orden de ideas:

  • A falta o imposibilidad de los progenitores para tener la custodia de los menores se considerarán los ascendientes en segundo grado en el orden que determine el juez de lo familiar, tomando en cuenta las circunstancias del caso.
  • Las medidas que se tomen deberán tener como principio fundamental el interés superior del
    menor.
  • Cuando cambie de domicilio el ascendiente que conserva la guarda y custodia, este tiene la obligación de informar al Juez y a quien no ejerce la custodia los datos del nuevo domicilio y número telefónico para efecto de mantener la comunicación del menor y del ascendiente que no ejerza la guarda y custodia.
  • El incumplimiento de esta disposición dará lugar a aplicación de las medidas de apremio.

Factores a Considerar Guarda y Custodia Código Civil en CDMX

Al ascendiente que no se le otorgue la guarda y custodia, podrá convivir tal y como lo fije el juez, considerando días de la semana, fuera del horario escolar y sin desatender las labores escolares y debiendo auxiliarlo en dichas actividades.

Asimismo, de manera equitativa, se podrá regular la convivencia en fines de semana alternados, periodos de vacaciones, escolares y días festivos cuando estos ya acudan a centros educativos.

En el mismo orden de ideas, cuando el padre y la madre que no vivan juntos reconozcan a un hijo en el mismo acto, convendrán cuál de los dos ejercerá su guarda y custodia. Y si no lo hicieren, el juez de lo familiar, oyendo a los progenitores y al menor, resolverá lo más conveniente atendiendo siempre al interés superior del menor.

Guarda y Custodia Código Civil en CDMX – Jurisprudencia

De acuerdo al criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el protocolo para juzgar con perspectiva de género, establece que los estereotipos son aquellas características, actitudes y roles que de forma estructural la sociedad atribuye o asigna a las personas. En el enlace anterior podrás consultarlo de manera completa.

Guarda y Custodia de un menor de edad. Su otorgamiento se basa en la idoneidad del progenitor, siendo irrelevante el trabajo que éste desempeñe.

Formato Guarda y Custodia Código Civil en CDMX

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Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las obligaciones derivadas del ejercicio de la guarda y custodia?

  • Procurar la seguridad física, psicológica y sexual.
  • Fomentar hábitos adecuados de alimentación, de higiene personal y de desarrollo físico. Así como impulsar su desarrollo intelectual y escolar.
  • Realizar demostraciones afectivas, con respeto y aceptación de estas por el menor.
  • Determinar límites y normas de conducta preservando el interés superior del menor.

¿Cómo se acaba el ejercicio de la guarda y custodia?

  • Con la muerte del progenitor custodio o de quien la ejerce según sea el caso.
  • Por la mayoría de edad del hijo.
  • Por incumplimiento de las obligaciones del progenitor custodio.

¿Cuáles serían las causas por las que se pierde la guarda y custodia?

  • Cuando se declare la pérdida por resolución judicial.
  • En los casos de violencia familiar.
  • El incumplimiento de las obligaciones alimentarias  por más de noventa días.
  • Por el abandono de los hijos por más de tres meses por cualquiera de los progenitores.
  • Y los demás supuestos que determina la ley.

Fuentes de Información

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