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Info rápida:
Costo: $ 0 - 50,000
Duración: seis meses a un año
Trámite: presencial
En DivorcioFácil.mx contamos con un equipo de expertos en derecho familiar, quienes han redactado la siguiente guía con información relevante sobre el procedimiento de cambio de guarda y custodia, como los siguientes datos:
Recuerda que si tienes dudas puedes consultar la sección de preguntas frecuentes, en caso de no encontrar las respuestas a tus dudas, puedes dejarlas en la caja de comentarios que encontraras al finalizar el artículo. Por último, queremos invitarte a compartir esta información con quienes puedan necesitarla.
Contenidos
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El cambio de guarda y custodia es el que deriva por acuerdo de las partes a través de un convenio. O bien, una disposición judicial, en la que se decretó qué progenitor sería el custodio y el que ejercería su derecho de régimen de convivencias y visitas por el progenitor que no la tiene.
Por lo que se refiere a las nuevas relaciones personales entre el menor y su nuevo custodio, el primero debe honrar y respetar a sus progenitores y demás ascendientes. Y por lo que hace a la función protectora y formadora, el ascendiente está obligado a la guarda, manutención y educación del menor pudiendo corregirlo mesuradamente.
El concepto de guarda y custodia presupone que el menor no puede dejar la casa sin el consentimiento del progenitor, su domicilio legal es el del que ejerce la custodia de este.
Por lo que respecta al mantenimiento implica todas las prestaciones que se señalan en la obligación alimentaria, incluyendo la educación, según las posibilidades del obligado. En el mismo orden de ideas, el nuevo custodio está obligado a representar al menor, quien no puede celebrar actos ni comparecer en juicio sin su autorización.
Puedes solicitar el cambio de Guarda y Custodia cuando:
El costo aproximado, para el trámite de guarda y custodia dependerá de la entidad federativa en la que te encuentres. De igual forma si acudes a un abogado particular o bien consultas la asesoría gratuita en materia civil o familiar. Si la asesoría y representación te es proporcionada por un abogado particular su costo aproximado será entre $ 25,000.00 a $ 50,000.00 pesos. Lo anterior con fundamento en los honorarios del abogado, prestigio del despacho, instancias legales a las que se tenga que acudir por cuestiones del litigio y demás gestiones legales necesarias.
De igual forma los costos que en ambos casos de representación debes absorber, son los costos que por documentales que no cuentes con ellas. Así mismo el tiempo de duración del procedimiento será aproximadamente de seis a doce meses.
Requisito | Costo Aproximado |
---|---|
Copias Certificadas de Acta de Nacimiento, Matrimonio y Defunción | 77.00 MXN |
Sentencia de Tutela | 259.00 MXN |
Anotación Marginal de Acta de Defunción | 259.00 MXN |
Asesoría Legal | 0.00 a 50,000.00 MXN |
Las documentales que presentes en este tipo de procedimiento, deben tener una vigencia menor de un año, no rotas sin enmendaduras y legibles para el cotejo de datos.
En algunos Estados de México la solicitud de actas certificadas es completamente gratuita si lo solicitas por escrito a las Oficinas del Registro Civil, ya sea a través de tu representante legal o por ti mismo. Tal es el caso del Estado de Jalisco que la solicitud es en la forma antes descrita.
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El procedimiento de judicial del cambio de guarda y custodia se realiza ante el juez oral familiar, siguiendo las siguientes etapas procesales que a continuación te señalamos:
Los factores a considerar en el cambio de guarda y custodia, es lo conducente a las relaciones con el nuevo progenitor custodio o bien con aquella persona que ejerza la custodia y el menor o menores sometidos a ella. Así como a la función formativa y protectora que deben llevar a cabo el nuevo custodio. El Cambio de guarda y custodia, de los menores o menor a favor de uno de los progenitores debe ejecutarse de manera gradual.
De acuerdo al siguiente criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la convivencia con ambos progenitores es fundamental para el desarrollo de los menores. Por lo tanto, en un escenario de ruptura familiar, los juzgadores deben garantizar que se lleven a cabo las visitas y convivencias. En el enlace que te dejamos en líneas anteriores podrás consultarlo de manera completa.
Guarda y Custodia. Cuando uno de los progenitores ha incumplido sistemáticamente con el régimen de visitas y convivencias, es conforme al interés superior del menor.
La guarda y custodia, es una Institución jurídica, en la que se establece con quien vivirán los menores hijos o el tiempo que compartirán después de la separación o del divorcio de los progenitores.
La figura jurídica de la patria potestad no es renunciable en primera instancia, sin embargo, puede excusarse del cargo de esta bajo las siguientes hipótesis:
De manera general será el progenitor que no la tenga, si es que esté la haya demandado siempre y cuando no tenga suspensión o perdida legal para el ejercicio de la patria potestad o cualquier familiar dentro del cuarto grado de parentesco.
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