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¿Las herencias entran en los bienes mancomunados?

Si estás en un proceso de separación o divorcio y durante tu matrimonio heredaste, continúa leyendo este artículo, pues te diremos todo lo que necesitas saber sobre si las herencias entran en los bienes mancomunados.

  • ¿Las herencias entran en los bienes mancomunados?
  • ¿Qué sucede con las herencias en el divorcio?
  • ¿Cuáles son las ventajas de los bienes mancomunados?

Por último, te invitamos a consultar otros artículos de apoyo que hemos preparado para ti. Si tienes dudas o comentarios visita nuestro Foro de divorcio. No olvides compartir esta información con familiares, amigos y conocidos.

¿Las herencias entran en los bienes mancomunados?

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Las herencias entran en los bienes mancomunados, el matrimonio celebrado bajo este régimen, consiste en la integración y administración de un patrimonio de ambos cónyuges. El dominio de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad.

Los bienes adquiridos individualmente por herencia, legado, donación y don de la fortuna no formarán parte de la sociedad conyugal y pertenecerán de manera exclusiva al cónyuge adquiriente. Por lo tanto, toda convención en contra de este principio se tendrá por no puesta.

La sociedad conyugal nace al celebrarse el matrimonio, o durante él, al otorgarse las capitulaciones matrimoniales. Pueden comprender no solo los bienes de que sean dueños los cónyuges al formarla, sino también los bienes que adquieran con posterioridad.

La sociedad conyugal puede terminar antes de que se disuelva el matrimonio, si así lo convienen los cónyuges.

Bienes mancomunados en caso de fallecimiento

Los bienes mancomunados en caso de muerte de uno de los cónyuges, continuará el que sobreviva en la posesión y administración del fondo social, con intervención del representante de la sucesión, mientras no se verifique la partición.

Si la muerte de uno de los cónyuges es antes de la declaración de disolución del vínculo matrimonial, pone fin al juicio de divorcio. En cuyo caso, los herederos del fallecido tienen los mismos derechos y obligaciones que tendrían si no hubiese existido el juicio de referencia.

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Si la muerte ocurre después de la referida declaración, el juicio seguirá su curso por los herederos solo por lo que hace a los derechos y obligaciones trasmisibles por sucesión.

¿Cuáles son las ventajas de los bienes mancomunados?

Las ventajas que tienen los bienes mancomunados, también denominados sociedad conyugal, consisten en que todo bien que pertenezca a la sociedad conyugal queda establecido en las capitulaciones matrimoniales. En las cuales queda claramente especificado, el tipo de bien, porcentaje, sus frutos y demás características que pertenecen a ambos.

En caso de que las capitulaciones matrimoniales sean omisas en todos o alguno de los puntos señalados, se entenderá que son propios de cada cónyuge los siguientes:

  1. Lista detalla de los bienes inmuebles que cada consorte posea, con expresión de su valor catastral y de los gravámenes que reporten.
  2. La identificación de los bienes muebles, depósitos, derechos o créditos que cada consorte posee al momento de constituir la sociedad.
  3. Lista de las deudas de cada consorte al momento de celebrar el matrimonio, si la sociedad responderá por ellas o solo las contraídas durante el matrimonio.
  4. Declarar si la sociedad conyugal comprende todo o en parte de los bienes de la propiedad de los consortes, o solamente sus productos.
  5. La declaración si el producto del trabajo de cada consorte corresponderá a la sociedad o al que lo realice.
  6. Nombrar de conformidad quien será el administrador de la sociedad, las facultades que se le otorgarán.
  7. Las bases para liquidar la sociedad.
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Las capitulaciones matrimoniales en que se constituya la sociedad conyugal constarán en escritura pública cuando los esposos pacten hacerse copartícipes o transferirse la propiedad de bienes inmuebles o derechos reales propios,

¿Qué bienes entran en la sociedad conyugal?

Los bienes del matrimonio que entran en la sociedad conyugal, siempre que se establezca este régimen patrimonial, por lo tanto, forman parte del fondo social, a menos que se acuerde otra cosa:

  • Todos los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges en el ejercicio de su profesión, trabajo o actividad lícita.
  • La herencia, legado o donación hechos a favor de ambos cónyuges sin designación de parte.
  • Los frutos, accesiones, rentas o intereses percibidos o devengados durante la vigencia de la sociedad, procedente de los bienes comunes o propios de cada cónyuge.
  • El precio sacado de la masa social para que un cónyuge adquiera o pague bienes cuyo título sea anterior al matrimonio.

Otros bienes que forma el fondo social

  • El costo de cualquier mejora o reparación hecha en finca propia, o el importe de los impuestos prediales pagados con fondos sociales, a menos que sus rentas o frutos ingresen a la sociedad como gananciales.
  • De igual forma, el importe de las obligaciones familiares de uno de los cónyuges, anteriores al matrimonio, salvo cuando los salarios y las rentas o frutos de los bienes del deudor entren como gananciales de la sociedad.
  • El exceso o diferencia de precio cubierto por la sociedad, en la permuta o adquisición de bienes que se realice con el precio obtenido de la enajenación de bienes propios de uno de los cónyuges.
  • Los bienes adquiridos durante la sociedad a costa del caudal común, aunque aparezca como adquirente uno solo de los consortes.
  • Los beneficios o regalías derivados de los derechos de autor o de la propiedad industrial, aunque se hayan constituido o producido antes del matrimonio, pero solo mientras dure la unión.
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Cuando no se señale el porcentaje de los bienes comunes que corresponderá a cada cónyuge, se entenderá pactado el cincuenta por ciento de los gananciales. Lo anterior, después de liquidar las deudas de la sociedad.

¿Qué pasa con los bienes heredados en un divorcio?

De acuerdo al régimen matrimonial bajo el cual se haya celebrado el matrimonio, serán los efectos legales. Ahora bien, en el caso de que el matrimonio se haya celebrado bajo el régimen de sociedad conyugal, esta se regirá por las capitulaciones matrimoniales.

Como ya quedó asentado en párrafos anteriores, los bienes heredados en un matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, deben ser heredados a ambos cónyuges para que conformen los bienes de la sociedad.

Los bienes heredados a uno solo de los cónyuges, pertenecen solo a aquel que los haya heredado. Esto es, los bienes que integran la sociedad conyugal constituyen un patrimonio común, diverso del patrimonio propio de cada cónyuge.

Es nula la capitulación en cuya virtud uno de los consortes haya de percibir todas las utilidades, así como la que establezca que uno de ellos será responsable de las pérdidas y deudas de ambos.

Preguntas frecuentes sobre si las herencias entran en los bienes mancomunados

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Son los acuerdos que los pretendientes, contrayentes o los cónyuges celebran para constituir la sociedad conyugal, reglamentar su administración y, en su caso, su terminación.

¿Qué es una herencia?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos, obligaciones que no se extinguen con la muerte de su titular.

¿Qué es la sucesión?

La sucesión es la trasmisión de todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona por causa de su muerte.

Fuentes de información

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