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Info rápida:
Costo: $ 15,000 - 30,000
Duración: 6 meses a un año
Trámite: Presencial
El procedimiento de régimen de visitas, es un proceso sensible, toda vez que se ven involucrados los intereses de los menores. Es por ello, que el equipo de abogados especialistas en derecho familiar, preparó la siguiente guía con el tema Régimen de visitas para los abuelos en México, en donde encontrarás:
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Los abuelos son una figura dentro del núcleo social que se tiene considerada de manera limitada en el ámbito familiar. Una vez que se da el divorcio o la separación entre los progenitores de los menores, los abuelos son los más afectados dentro de la relación familiar. Sin embargo, existe la probabilidad legal del régimen de visitas para los abuelos en México.
En donde, a través de un convenio de régimen de visitas y convivencia, pueden solicitar ante la autoridad competente el cercamiento con sus nietos. De igual forma, en el caso de que los padres de los menores sean declarados incapaces o a la perdida de la custodia, se puede realizar entre el progenitor custodio un convenio de guarda y custodia a favor de los abuelos.
Puedes solicitar el régimen de visitas como abuelo cuando:
El régimen de visitas para los abuelos puede ser un procedimiento largo, complicado y sobre todo costoso. Cuando existen diferencias entre ambas líneas familiares, por lo que la asesoría de un abogado particular puede ir entre $15,000.00 a $30,000.00 pesos y en algunos casos el costo puede ser mayor conforme a la negativa de convivencia con la familia del otro progenitor.
La cantidad mencionada con anterioridad, atiende las características del abogado o al prestigio del despacho que se acuda. Incluso las instancias legales a las que se tendrán que recurrir en caso de inconformidad ante las resoluciones emitidas por los Tribunales familiares.
En el mismo orden de ideas, existen instituciones que pueden ofrecerte la representación gratuita en asuntos de índole familiar, como es el caso del Estado de Jalisco, que a través de la Procuraduría Social del Estado. Asimismo, el tiempo aproximado para la total resolución a este procedimiento puede ser entre seis meses a un año.
Requisito | Costo Aproximado |
---|---|
Copias Certificadas de Acta de Nacimiento, Matrimonio y/o Defunción | $80.00 – 150.00 MXN |
Acta de Matrimonio | $75.00 – $150.00 MXN |
Asesoría Legal | Hasta $30,000.00 MXN |
Para el caso de que se busque también la custodia de los menores por parte de los abuelos, esta se otorgará preferencialmente a los abuelos que residan en el mismo lugar de los primeros.
Los requisitos para el régimen de visitas son los siguientes:
Los documentos de referencia, deben estar en condiciones de legibilidad, buen estado físico y dentro de la vigencia establecida por la legislación local.
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La demanda para el ejercicio de este derecho, será ante el juez de lo familiar, siendo necesario el acompañamiento de un abogado experto en materia familiar. Tramite que se desarrollará de la siguiente manera:
Cuando sobreviene el divorcio o separación de los progenitores, la figura de los abuelos es una de las más afectadas, por las diferencias de la pareja. Para ello, los abuelos paternos o maternos pueden solicitar la convivencia o visitas para con sus nietos.
Existen otros supuestos, como el deceso de los progenitores, la declaración del estado de interdicción y la declaración a la perdida de la custodia. En estos supuestos, no solo se puede solicitar el Régimen de visitas y convivencia, sino que procede el ejercicio de la Guarda y custodia en ausencia de los padres.
Las causas para negar el derecho de visitas y convivencias, independientemente del consentimiento de progenitor custodio, es por el incumplimiento a las siguientes obligaciones de crianza:
La comisión de estas conductas, de manera reiterativa, es un impedimento para el ejercicio del régimen de visitas y convivencias. Así como, para solicitar la obtención de la custodia compartida, con el progenitor custodio.
Los factores a considerar por el juez en el régimen de visitas para los abuelos, son los siguientes:
Así las cosas, si el juzgador tiene duda sobre el trato de los menores o incapaces de ser el caso, deberá ordenar las medidas precautorias necesarias bajo el principio del Interés Superior del Menor.
Existen criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde establece que el régimen de visitas y convivencias es un derecho que asiste a los niños, niñas y adolescentes, con la cual se busca velar el sano desarrollo emocional de hijos de padres separados.
Régimen de Visitas y Convivencias. Cuando exista una restricción judicial para que algún progenitor pueda acercarse a sus hijos, dicha prohibición no involucra a los abuelos. Quienes pueden instar la acción de convivencia con sus nietos.
La finalidad de este régimen es que los menores no pierdan contacto con su familia ampliada. Esto es, con abuelos, tíos o demás familiares del progenitor que no tenga la custodia del menor. Lo anterior para el sano desarrollo, tanto emocional como educativo, y en atención del Interés Superior del Menor.
Sí, la legislación mexicana establece que los parientes sobre los cuales pesa una obligación alimentaria. A su vez, tienen derecho a tener una convivencia con sus descendientes y colaterales, otorgándoles acción para el debido ejercicio de esta.
A falta de los progenitores quien ejercerá la patria potestad, son los abuelos tanto maternos como paternos. Como condición serán aquellos que mejor garanticen el desarrollo y protección de sus descendientes, lo anterior a criterio del juzgador de la causa.
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