¿Qué obligaciones tengo después de mi divorcio?

Ricardo pregunta:

Última respuesta: 11-06-2022

Si el caso incluye los siguientes puntos, qué aplica:
✓ Más de un año de casados.
✓ Un hijo mayor de edad
✓ El contrato fue por bienes separados.
La pregunta es cuáles son las condiciones o a qué estoy obligado?

Categorías: Divorcio

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Experto en: Divorcio, Pensión, Custodia

¡Hola, Ricardo!

Bienvenido a Divorcio Fácil, gracias por la confianza depositada en nosotros para resolver tus dudas. Con gusto trataremos de resolver tus inquietudes, con los datos que mencionas. De igual forma, lamentamos por el momento que estás pasando ningún procedimiento de divorcio es sencillo.

Para el planeamiento de tu pregunta respecto a que aplica y cuáles son las obligaciones que subsisten, te daremos contestación en el siguiente tenor:

  1. Respecto a lo que aplica en tu caso es el Divorcio Administrativo, justo las características que señalas son las que requiere esta modalidad de divorcio, además de la voluntad de ambos cónyuges.
    • Para el caso del Divorcio Voluntario, además de la voluntad de ambos cónyuges y las características que señalas. Se requiere la elaboración de una propuesta de convenio que regule las condiciones del divorcio, es un divorcio amigable, sin desgaste económico o emocional, por lo que lo hace un divorcio económico en tiempos procesales.
    • Por último, un divorcio Incausado, es la mejor opción, no requieres invocar una causal legal para su procedibilidad, basta con la petición de uno solo de los cónyuges, aun sin el consentimiento del otro.
  2. De acuerdo a las obligaciones que subsisten son las siguientes:
    • La legislación mexicana contempla, para los casos en que uno de los cónyuges se haya dedicado preponderantemente al cuidado de los hijos y/o administración de la casa. Una Pensión Compensatoria, para los cónyuges que, por el divorcio, le haya ocasionado un desequilibrio económico.
    • Así mismo, establece que no será mayor del cincuenta por ciento del valor de los bienes adquiridos durante el matrimonio.

Por último, si es voluntad de los cónyuges, podrán convenir en proporcionar al cónyuge que lo solicite, por el término de seis meses, una pensión alimentaria y sin efecto de renovarse dicho acuerdo. 

Así las cosas Ricardo, esperamos que la información vertida y los artículos señalados te sean de gran utilidad para que tomes la decisión más adecuada. Quedo a tu servicio si requieres una asesoría personalizada y más detallada en [email protected] ¡Saludos!

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