¿Puedo pedir pensión si mi expareja no trabaja?
Mariana pregunta:
Última respuesta: 25-11-2022
El padre de mi hijo lleva desde antes de concebirlo, disque haciendo negocios y ninguno pega. Le he dicho que tiene que emplearse y no quiere. Que porque el no va a ser godin. Nunca nos casamos. Vivimos juntos 1 año y medio. A los 6 meses que se mudo a vivir conmigo quede embarazada y se fue cuando mi bebe cumplio 5 meses. Ha sido un desobligado y no quiere pagar gastos de pension alimenticia que porque “no tiene dinero”. Pero tampoco se ha querido emplear. Hace 2 meses empezo a trabajar con su hermano que tiene empresa propia y tampoco da un peso. Que porque gana por comision y aun no le pagan nada. Yo he sacado a mi hijo adelante y esta confiado con que yo trabajo. Yo tengo mi negocio propio, mi casa propia, y me parto en pedazos para cuidar de mii hijo durante el dia y trabajar desde casa como puedo incluso de madrugada. Ya estoy cansada de que no coopere. Hay forma de exigirle pension si no quiere emplearse de manera formal? O que sus hermanos me den pension porque el tiene 3.
Categorías: Pensión
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Experto en: Divorcio, Pensión, Custodia
¡Hola, Mariana!
Bienvenida a Divorcio Fácil, y sobre todo muchas gracias por confiar en nosotros para despejar tus dudas. Derivado de tu planteamiento, te asesoraremos para que puedas solicitar la pensión alimenticia para tu menor hijo, lamentamos la situación por la que a traviesas, sobre todo cuando se ven involucrados derechos de menores.
Derivado de tu relación de concubinato, mencionas el nacimiento de un menor, omitiendo si existe un reconocimiento de paternidad. Así las cosas, de no existir, se debe empezar por dicho trámite y posteriormente la demanda de pensión alimenticia.
Ahora bien, la ley prevé en materia de alimentos varios supuestos, en los cuales para tu situación establece lo siguiente:
- En los casos que se desconozca el sueldo del deudor alimentario, o no se tenga un sueldo o salario fijo, el juez fijará una cantidad como pensión alimenticia.
- Lo anterior, basándose en la información y pruebas que el demandante le proporcione o el mismo se allegue oficiosamente.
- Considerando, la situación económica del deudor, monto, origen de sus ingresos, bienes y propiedades.
- De igual forma, las necesidades del acreedor.
Por consiguiente, a lo antes expresado, el juez fijará una pensión aproximada de veinte unidades de medida y actualización mensuales en tu caso. Y dictará la periodicidad y forma que estime conveniente el juzgador para asegurar su entrega oportuna.
Esperamos que los enlaces señalados e información proporcionada te sean de gran utilidad, de requerir una asesoría personalidad en [email protected] ¡Hasta Pronto!