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Info rápida:
Costo: $ 30,000-50,000
Duración: uno a tres años
Trámite: presencial
Disponibilidad: Guanajuato, Chihuahua, Tabasco, Baja California
Una vez que tomaste la decisión de divorciarte, en el siguiente artículo te proporcionamos la información en el Divorcio por Abandono de Hogar. La presente guía está realizada con el apoyo de expertos en derecho familiar, con el siguiente contenido:
Por lo antes expuesto te invitamos a compartirla con familiares y amigos, y si te surgieron dudas o comentarios puedes dejarlos en la caja de comentarios. Asimismo, te invitamos a consultar otros artículos de divorcio, que sabemos te pueden ser de utilidad.
Contenidos
El Divorcio por Abandono de Hogar, es una de las causas legales para poner fin al vínculo matrimonial que une a dos personas, y es solicitada por uno de los esposos. Fundando su acción en la interrupción de la vida conyugal por la ausencia de uno de los cónyuges.
La separación puede ser promovida por cualquiera de los cónyuges cuando se pretenda intentar la acción de divorcio, denuncia o querella. Quien solicite la separación ante el juez competente, expresará las causas de la misma, el domicilio en que el solicitante permanecerá, especificando si hay o no menores.
Las causales que contemplan el abandono de hogar, se establecen en la legislación civil quedando de la siguiente manera:
El Divorcio por Abandono de Hogar procede cuando:
El Procedimiento del divorcio Necesario, es uno de los procesos más caros y largos que en materia legal existen. Lo anterior, debido al desacuerdo existente entre las partes las diligencias a realizar incluyendo los honorarios del asesor legal. Por lo que, aproximadamente hablamos de $30,000 a $50,000 pesos y con una duración procesal de entre uno y tres años.
En el mismo orden de ideas, el divorcio necesario, desde la fase de conciliación hasta antes de dictar sentencia los cónyuges podrán solicitar el cambio de vía siempre que expresen su voluntad en disolver el vínculo matrimonial Por Mutuo Consentimiento.
Requisito | Costo aproximado |
---|---|
Acta de Matrimonio | 154.00 MXN |
Actas de nacimiento | 154.00 MXN |
Inscripción de sentencia | 374.00 MXN |
Acta de divorcio | 154.00 MXN |
Cuando un cónyuge haya pedido el divorcio o nulidad del matrimonio por causa legal que no haya justificado o que haya resultado insuficiente, el demandado tiene a su vez el derecho de pedir el divorcio. Pero no podrá hacerlo sino pasado tres meses de la notificación de la sentencia ejecutoria, durante estos tres meses los cónyuges no están obligados a vivir juntos.
Los requisitos para el Divorcio por Abandono son los siguientes:
Las documentales que presentes deben tener una vigencia menor de un año, físicamente se encuentren bien libres de enmendaduras, rotas o sucias.
El Procedimiento Oral Ordinario se regirá en el siguiente orden cronológico:
Ejecutoriada la sentencia, el juez deberá remitir copia certificada de esta al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio. Para que realice las anotaciones de ley en el acta de matrimonio, previo pago de derechos.
En el mismo orden de ideas cualquiera de los cónyuges podrá demandar del otro una compensación de hasta el cincuenta por ciento del valor de los bienes que se adquirieron durante el matrimonio, siempre que se encuentren en los siguientes supuestos:
El juez habrá de resolver atendiendo al tiempo que duró el matrimonio, los bienes con que cuenten los cónyuges, la custodia de los hijos y las demás circunstancias especiales de cada caso. Asimismo, se exceptúan los bienes que se adquieran por sucesión y donación.
Debes considerar que el divorcio por abandono de hogar no puede ser tramitado en todos los estados de la república mexicana. Esto, debido a que no todas las legislaciones estatales contemplan el divorcio necesario o causal. Por lo que únicamente podrás promoverlo si te encuentras en Guanajuato, Chihuahua, Tabasco, Baja California, por mencionar algunos.
Asimismo, considera que ninguna de las causales enumeradas en la legislación civil estatal pueden alegarse para pedir el divorcio, cuando haya mediado perdón expreso o tácito.
En el mismo orden de ideas la reconciliación de los cónyuges pone fin al juicio de divorcio en cualquier estado en que se encuentre, si aún no hubiere sentencia ejecutoria. Así las cosas, los interesados deberán denunciar su reconciliación al juez, sin que la omisión de está denuncia destruya los efectos producidos por la reconciliación.
Rafael y Aida tienen cinco años de casados tienen un niño de tres años su domicilio conyugal lo establecieron en la Ciudad de Irapuato Guanajuato. El matrimonio se celebró bajo el régimen de separación de bienes, en la misma Ciudad.
Aproximadamente hace seis meses Rafael dejó el domicilio conyugal, por lo que Aida ha decidido divorciarse. Sin embargo, no sabe si proceda el divorcio y a donde tenga que acudir.
Nuestro abogado especialista en materia familiar nos comenta al respecto:
El divorcio por abandono de hogar se puede promover a partir de los seis meses que el cónyuge se haya ausentado del domicilio conyugal, lo anterior previo, asentamiento del hecho ante autoridad competente.
No, la modalidad de divorcio necesario o causal es una figura que poco a poco ha caído en desuso legal, debido a las reformas con la incursión de figuras para la disolución del vínculo matrimonial. Como lo es el Divorcio Incausado, también denominado sin expresión de causa, unilateral o express.
Los Estados en los que puedes tramitar el divorcio necesario o causal, son los siguientes, Guanajuato, Chihuahua, Tabasco y el Estado de Baja California por mencionar algunos.
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