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Qué le Corresponde a la mujer en un divorcio

Una vez tomada la decisión de divorciarnos, crece la incertidumbre respecto a los hijos, los bienes si es que los hay y sobre a que tengo derecho una vez divorciada. Es por ello que te presentamos el siguiente artículo con el tema de ¿Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio? redactada con el apoyo de nuestros especialistas en derecho familiar cuyo contenido es el siguiente:

  • ¿Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio?
  • Efectos en el divorcio voluntario.
  • Efectos en el divorcio contencioso.

Asimismo, te invitamos a dejar tus comentarios, dudas o sugerencias en la caja de comentarios al final de este artículo. De igual forma no olvides compartir nuestro artículo con alguien más que conozcas en esta situación, y no olvides consultar más artículos de apoyo que estamos seguros te serán de gran utilidad.

¿Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio?

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Qué le corresponde a la mujer en un Divorcio, para comprender los efectos de un divorcio en la mujer, primeramente, debemos hacer una división, por un lado, los efectos del Divorcio Voluntario y por el otro los efectos que se producen en el Divorcio Contencioso o necesario.

Cualquiera que sea el tipo de divorcio en ambos procede una segunda división, misma que se debe considerar en cada caso de divorcio. Los que se producen provisionalmente, esto es, durante la tramitación del proceso, los de aquellos que son definitivos y en consecuencia de la sentencia ejecutoria que disuelve el vínculo matrimonial.

Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio – Fuentes del Estado Civil

El estado civil de las personas en una situación jurídica, se termina por la relación que las mismas guardan dentro del seno familiar, por lo que podemos considerar como fuentes de dicho estado las siguientes:

  • El Parentesco.
  • Matrimonio.
  • El Divorcio.
  • El Concubinato

Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio – Efectos en el Divorcio Voluntario

En el divorcio voluntario encontraremos efectos provisionales y definitivos como ya lo habíamos comentado en el párrafo anterior, es común hacer la referencia solo en el divorcio judicial, ya que en el administrativo solo se considera como efecto la disolución del vínculo matrimonial.

Sin embargo, es conveniente reflexionar, puesto que no existe impedimento que también en el divorcio administrativo se redacta un convenio entre los cónyuges que regule su situación como divorciados.

Toda vez, que no teniendo hijos no se pactará nada al respecto por ser inexistentes y un requisito legal para su procedibilidad en el divorcio administrativo. Pero entre ellos puede haber situaciones que regular, por lo que, este convenio no se presentará al Oficial del registro Civil. Se hará por separado y en caso necesario, se podrá homologar ante un juez de lo familiar para que este le dé, el efecto de sentencia ejecutoria.

A diferencia, en el divorcio judicial se prevén en la legislación todos los efectos del, tanto provisionales como definitivos y estos son aplicables, según las circunstancias al divorcio administrativo.

Efectos Provisionales y Definitivos:

  • En relación con los cónyuges, se designará lo relativo al uso de la casa conyugal, y en su caso el uso de los enseres familiares.
  • Prevenciones si la mujer está embarazada, es posible que al plantearse el divorcio judicial  además de tener hijos la mujer puede ser que esté embarazada. Por lo tanto, debemos tomar en cuenta que en el divorcio administrativo no procede, ya que esta, es una condición para que proceda la disolución del vínculo matrimonial.
  • Los alimentos, es una obligación para con los hijos como para la cónyuge durante el procedimiento, en consecuencia, se debe pagar una cantidad a título de alimentos hasta que se ejecute el divorcio. Asimismo, se debe establecer el modo de pago así como la garantía de estos,  la garantía puede ser cualquiera de las conocidas como el depósito, la prenda o la hipoteca.

Otros Efectos:

  • Bienes, cuando la sociedad conyugal no hubiere sido disuelta, deberá señalarse en un convenio lo relativo a la disolución. Deberán exhibirse para la liquidación de la sociedad conyugal las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúos y el proyecto de partición.
  • Indemnización, es una disposición jurídica que resuelve los problemas de injusticias en el caso del régimen de separación de bienes. Cuando uno de los cónyuges tuviere la propiedad de la mayoría de los bienes y el otro, que se hubiere dedicado al trabajo en el hogar o con sus hijos. No tuviere bienes a su nombre o los tuviere siendo menores estos, podrán demandar una indemnización de hasta el cincuenta por ciento del valor de los bienes que hubiere adquirido durante el matrimonio. Siempre que se reúnan los requisitos o circunstancias que la misma ley establece.
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El uso del apellido conyugal subsistirá por todo el tiempo que se conserve el vínculo matrimonial o cuando ocurra la viudez. No se podrá utilizar dicho apellido en los casos de divorcio o de ilegitimidad del matrimonio.

Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio – Efectos en el Divorcio Contencioso

Los efectos en el divorcio contencioso, se dividen en provisionales durante la tramitación del juicio, y aquellos que son definitivos y son consecuencia de la sentencia ejecutoria que disuelve el vínculo matrimonial.

Las medidas provisionales, que producen efectos durante el proceso, tienen como características las siguientes: Deben ser urgentes, razón por la cual se dictan a la presentación de la demanda, estas medidas no se decretan como definitivas y tienen efecto solo mientras dure el juicio. No son de ejecución irreparable, se pueden combatir cuando se establezca la relación procesal mediante un incidente, o bien en la sentencia definitiva.

Efectos Provisionales:

  • Efectos en lo que se refiere a los cónyuges, en la legislación mexicana se establece que previo a la demanda o al presentarse esta, deberán separarse los cónyuges. Esta separación puede provocar serios conflictos y dificultades, tanto porque pretenda el marido impedir la separación, como por no haber lugar donde la mujer habite.
  • Mujer embarazada, si la mujer se encuentra embarazada el juez debe tomar las medidas precautorias que la ley establece respecto a la mujer que queda en cinta. Y estas medidas son las mismas que se prevén para la viuda embarazada, que se aplicarán a cada caso de divorcio. Estas medidas, en caso de la mujer embarazada tienen por objeto determinar todo lo relativo a la paternidad, así como efectos y consecuencias del divorcio para el hijo concebido.
  • Alimentos, como otra medida provisional el juzgador debe señalar y asegurar sus alimentos que debe dar el deudor alimentario al cónyuge acreedor y a sus hijos.
  • Bienes, por último el juez de lo familiar también debe tomar las medidas necesarias para que los cónyuges no se puedan causar perjuicios en sus respectivos bienes ni en los de la sociedad conyugal en su caso.

Efectos Definitivos:

  • Con relación a los cónyuges, los efectos se refieren a su estado familiar, a su capacidad para contraer nuevo matrimonio, a la propia capacidad de los cónyuges en relación con ciertas prohibiciones. El apellido a los alimentos, a los daños y perjuicios que se puedan ocasionar y lo relativo a la seguridad social.
  • Estado Familiar, El divorcio tiene efecto en el estado familiar de los cónyuges. Al disolver el vínculo matrimonial, toda vez que los esposos dejan de estar casados. Es decir, dejan de ser cónyuges y como consecuencia adquieren el estado de divorciados. Nos encontramos en el caso de extinción de un estado familiar y la creación de otro.
  • Alimentos, sobre este particular debemos señalar que el pago de alimentos en el divorcio necesario a favor del cónyuge inocente se considera como una sanción. Debe considerarse que las resoluciones que versen sobre alimentos  siempre podrán modificarse atendiendo a las necesidades del acreedor alimentario y las posibilidades del deudor.
  • Daños y perjuicios, la legislación civil previene que el cónyuge inocente tiene derecho, además del pago de alimentos, a que el cónyuge culpable lo indemnice por daños y perjuicios que el divorcio le haya causado.

Otros Efectos Definitivos

  • Indemnización, en la demanda de divorcio podrá demandar una indemnización de hasta el cincuenta por ciento del valor de los bienes que hubiere durante el matrimonio.
  • Seguridad Social, en lo conducente a la seguridad social debemos tomar en cuenta que esta, en términos de la Ley del Seguro Social. Se da al beneficiario, que lo es el trabajador y a sus familiares. El problema surge en los casos de divorcio cuando la mujer divorciada, que recibía la protección del seguro social, con motivo del divorcio en automático deja de recibir los beneficios. Con independencia de ser el cónyuge culpable o inocente, se agrava esta situación si la mujer es la cónyuge inocente.
  • Bienes, en relación a los bienes se observara lo conducente a la disolución de la sociedad conyugal y a la devolución de las donaciones.
  • Disolución de la sociedad conyugal, en la sentencia que decrete el divorcio el juez de lo familiar fijará lo relativo a la división delos bienes. Y se tomarán las precauciones necesarias para asegurar las obligaciones que queden pendientes entre los cónyuges o con relación a los hijos.
  • Donaciones entre Cónyuges, el cónyuge que diere lugar al divorcio perderá todo lo que se hubiere dado o prometido por su consorte o por otra persona en consideración de este. El cónyuge inocente conservará lo recibido y podrá reclamar lo pactado en su provecho.
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En el caso de las donaciones habidas entre cónyuges, además de la confirmación de las donaciones por muerte del donante. También en el caso de divorcio la donación hecha al cónyuge inocente se confirmara por la sentencia ejecutoriada de divorcio.

Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio – Efectos de las Sentencias en el Estado Civil

Los efectos de las sentencias en relación con el estado civil de las personas, se presenta en  este caso en la declaración de la disolución del vínculo matrimonial. Es decir, el alcance de la sentencia no solo es para los litigantes, sino a los terceros que no han intervenido en el juicio.

Es un principio de derecho procesal que la sentencia únicamente surta efectos entre las partes litigantes, la sentencia ejecutoriada constituye la verdad legal aun cuando en ocasiones no corresponda a la verdad real.

Sin embargo, el derecho parte de la premisa que una sentencia pasa a ser cosa juzgada, es decir, se constituye como definitiva y desde ese punto de vista se convierte en indiscutible, nada más lo es relativamente a las partes litigantes.

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son las causas por las que se termina la sociedad conyugal?

Una de las causas por la cual termina es el divorcio, en donde los cónyuges de común acuerdo pueden establecer las condiciones para su liquidación. A falta de este acuerdo, el juez de lo familiar resolverá al respecto.

¿Dentro del matrimonio que bienes se consideran de cada cónyuge?

  • Los bienes que cada cónyuge haya llevado al matrimonio, siempre y cuando no se hayan incluido en las capitulaciones matrimoniales.
  • Asimismo, aquellos que cada cónyuge haya adquirido por donación, herencia, legado y los obtenidos por juegos de azar.

¿Cuáles son los efectos que se producen en el régimen de separación de bienes respecto al patrimonio de los cónyuges?

Ninguno, cada cónyuge conserva la misma situación que tenían antes del matrimonio. Esto es, cada quien es dueño de lo que haya llevado al matrimonio o bien de lo establecido en las capitulaciones matrimoniales.

Fuentes de Información

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