¿Necesitas un abogado? Encuéntralo aquí
Si te encuentras en un proceso de separación o divorcio y deseas solucionar los conflictos con tu pareja, sin necesidad de acudir a los tribunales, continúa leyendo. En el siguiente artículo te hablaremos sobre lo que es la mediación familiar, por lo que encontrarás el siguiente contenido:
De igual forma te invitamos a visitar nuestra página con artículos de apoyo legal y psicológico, asimismo, comparte este artículo con tus amigos y familiares y si tienes dudas o comentarios visita nuestro foro de divorcio y déjalas ahí, en breve un experto te dará contestación.
Contenidos
¿Tienes Dudas o Preguntas?
Visita el Foro sobre Divorcio en México y que uno de nuestros expertos te responda.
En ocasiones, al momento de una separación o divorcio, las parejas no pueden ponerse de acuerdo, sobre todo cuando hay hijos de por medio. Llegar a una solución amistosa, esa la mejor decisión que podemos tomar. Para ello, lo mejor es hacer uso de la mediación familiar, una modalidad de resolver los problemas entre las partes y que se conoce desde hace poco tiempo en México.
Esta figura jurídica empezó a hacer acto de presencia en el país en el año de 1997, siendo el estado de Quintana Roo el primero en aplicarlo y, actualmente, en toda la Legislación Mexicana. La mediación familiar surge debido a la complejidad, delicadeza y sobre todo la trascendencia del conflicto entre la familia, por los resultados y bondades que ha demostrado.
Hoy en día se considera indispensable, el conocimiento y aplicación de esta nueva manera de solucionar los conflictos entre los integrantes de la familia. Ya que los resultados que se tienen en el ámbito nacional la colocan como una forma humana, integral, comprometida y sobre todo satisfactoria de resolver los conflictos entre estos.
La mediación familiar tiene por objeto realizar acuerdos alternativos, en los cuales las partes se obligan a solucionar sus conflictos de manera pacífica a través del diálogo y los acuerdos resultado de este.
De lo antes expuesto se deriva que esta, desde su perspectiva instrumental y en su aspecto más generales, se caracteriza como un procedimiento:
Su funcionalidad jurídica es la manera de arreglar los conflictos de carácter legal, esto es, se trata de resolver las controversias que surgen del conflicto de intereses que se presentan entre la pareja conyugal. Cuando hablamos de pareja conyugal, nos referimos a los esposos o bien concubinos, así como entre estos y los hijos.
De igual forma, los que se generan con el resto de la familia extensa, tal es el caso, padres con hijos, hermanos entre sí, abuelos con nietos, suegras con yernos o nueras y demás familia.
La conciliación es un método alternativo mediante el cual uno o varios conciliadores intervienen para facilitar la comunicación entre los participantes de un conflicto, proponiendo recomendaciones o sugerencias que ayuden a lograr un convenio que ponga fin al conflicto total o parcial.
Los métodos alternos serán aplicables a todos los asuntos del orden civil susceptibles de convenio o transacción,
Las actuaciones derivadas del procedimiento de los métodos alternativos estarán regidas por los siguientes principios:
Otros principios aplicables de gran relevancia a la mediación familiar:
Como manera de actuar y ejecutar la mediación familiar para atender y solucionar el conflicto, puede decirse que tiene un estilo propio. Menos formal que el de un divorcio Voluntario o un reconocimiento de paternidad, o como los procedimientos canónicos de como anular un divorcio por la iglesia, toda vez que es muy flexible.
Sin embargo, su desarrollo está sujeto a reglas que le proporcionan uniformidad y organización, las cuales se sustentan en los principios que fundamentan la mediación y rigen el procedimiento.
El procedimiento de la mediación se compone de varias etapas en la que los participantes hablan, se escuchan, aportan opciones de solución y elaboran acuerdos, construyendo soluciones propias que les son satisfactorias.
Las etapas típicas del procedimiento son:
Cada una de estas etapas se lleva en dos tipos de sesiones:
Es la Institución Pública o privada que presta sus servicios de métodos alternativos conforme a lo establecido en la Ley de Justicia Alternativa del Estado. Estos centros brindan a la sociedad un servicio para la solución pacífica, en cuanto a conflictos familiares se refiere, fomentando la comunicación responsable y fortaleciendo la convivencia entre los miembros de la familia. Asimismo, se prioriza el diálogo, la tolerancia y el respeto para obtener la certeza jurídica de que sus acuerdos se plasmen en un convenio.
Pueden hacer uso de este centro, todas las personas que tengan un conflicto de carácter familiar, como guarda y custodia, alimentos y derecho de convivencia con los hijos, reconocimiento de paternidad, entre otros. Por lo que se brindan los servicios de asesoría jurídica, mediación familiar, intervención psicológica y convenios.
Los conflictos en los que se cuestionen derechos de niños, niñas y adolescentes, así como de incapaces, podrán someterse a los métodos alternos por conducto de quienes ejerzan la representación de la patria potestad o tutela.
Los servicios de medios alternativos de solución de conflictos, podrán ser representados por personas físicas o jurídicas, públicas o privadas en el área de su conocimiento o las Instituciones con ese objeto.
¿Tienes Dudas o Preguntas?
Visita el Foro sobre Divorcio en México y que uno de nuestros expertos te responda.