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Demanda de Pensión Alimenticia

  • Cómo tramitar una demanda por Pensión Alimenticia.
  • Requisitos para solicitar una demanda por Pensión Alimenticia.
  • Descubre cómo calcular la Pensión Alimenticia.

Info rápida:

Costo: $ gratis a 15,000 pesos

Duración: De un mes a seis meses

Trámite: Presencial

En DivorcioFácil.mx te ofrecemos la siguiente información respaldada con nuestro equipo de abogados especialistas en materia familiar. Con la finalidad de que encuentres una guía que te oriente si es que estás pasando por algún problema legal o quieras iniciar algún procedimiento judicial y no sabes nosotros te diremos como. Si tu problema trata sobre demanda de pensión alimenticia te invitamos a que leas hasta el final el siguiente articulo, que esperamos te sea de gran utilidad y donde trataremos los siguientes temas:

  • Que es una demanda de pensión alimenticia.
  • Sus requisitos y procedimiento
  • Criterios jurisprudenciales para la solicitud.

Finalmente te deseamos tengas un buen proceso de pensión alimenticia y te haya sido de gran utilidad esta guía. Así mismo, te invitamos a compartirla con tus familiares y amigos o con alguien que esté pasando por esta situación, si tienes alguna duda o inquietud te invitamos a dejarlas en la caja de comentarios que se encuentra al final del artículo.

 

¿Qué es una Demanda de Pensión Alimenticia? ¿Cuánto cuesta?

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La demanda de pensión alimenticia es el documento que trae consigo la legitimación para que una persona pueda ejercer acción judicial cuando considere que han sido vulnerados sus derechos o los de terceros en materia alimentaria. Y que cualquiera de los cónyuges, concubinos o quien acredite la calidad de acreedor alimentario pueda interponer ante la autoridad competente. Para solventar sus necesidades y pueda subsistir a través de los recursos económicos proporcionados como:

  • Alimentos.
  • Ropa.
  • Calzado.
  • Gastos Médicos.
  • Educación.
  • Y demás recursos necesarios para su subsistencia.

La pensión alimenticia es un derecho de primer orden que la ley establece como defensa de los hijos menores, mayores incapaces o estudiantes siempre y cuando el grado de estudios sean acordes a su edad, así como de los padres.

La interposición de la de la demanda de pensión alimenticia estará a cargo de aquellos que estén legitimados para pedir el aseguramiento de los alimentos. Que conforme a la legislación mexicana establece en los distintos cuerpos legales de las entidades federativas pueden ser los siguientes:

  • El acreedor alimentario esposos, padres e hijos.
  • La persona que ejerza la patria potestad o el que tenga la guarda y custodia del menor.
  • El tutor legal.
  • Los hermanos, tíos, abuelos y demás familiares colaterales dentro del cuarto grado.
  • La persona que tenga bajo su cuidado al acreedor alimentario.
  • Y por último el Ministerio Público.

Como regla general se tiene la obligación alimentaria, hasta que los hijos cumplen 18 años. Pero, si los hijos continúan estudiando, algunas leyes establecen que será hasta los 21 o 25 años dependiendo en el estado que el que te encuentres y que la edad de los estudiantes sea acorde con el grado escolar.

Respecto a los costos en el siguiente enlace podrás acceder directamente al formato de Poder Judicial del Estado de México y realizar tu trámite de manera gratuita.

Puedes interponer una demanda de pensión alimenticia cuando:

  • Acredites la necesidad de recibirlos.
  • Por incumplimiento al convenio alimentario previamente acordado o derivado de un divorcio o acuerdo de voluntades.
  • Seas menor de edad a través de un representante.
  • Mayor de edad si eres incapaz.

Cálculo de Pensión Alimenticia

Para calcular la pensión alimenticia derivada de una sentencia de divorcio se atienden las siguientes consideraciones:

  1. Ambos cónyuges contribuyen al pago de alimentos de forma equitativa y de acuerdo a su capacidad económica.
  2. Como regla general, la obligación subsiste hasta la mayoría de edad de los hijos, o siendo mayores sean incapaces o se encuentre estudiando en un grado de acuerdo a su edad.
  3. Se deben de tomas en cuenta los siguientes criterios la necesidad de quien los pide y la posibilidad de quien los da.
  4. La obligación alimentaria concluye hasta la educación profesional de los hijos mayores dentro de este supuesto. Así mismo, los alimentos no comprenden de proveer de capital al acreedor alimentario para el desempeño de un oficio o profesión.

De lo antes señalado se desprende que no hay una disposición legal concreta, por lo tanto los principios que debe considerar el juzgador son la necesidad de quien los pide y la posibilidad de quien los da.

Requisitos para solicitar una Demanda de Pensión Alimenticia

Los requisitos para solicitar tu demanda son los siguientes:

  1. Acta de matrimonio si la persona es casada.
  2. Acta de nacimiento de los menores.
  3. Identificación oficial con fotografía.
  4. Domicilio particular y laboral de la parte demandado.
  5. Domicilio del o la promovente.

Quienes tienen derecho a recibir alimentos:

  • Las y los hijos menores de edad o mayores de edad que estudien.
  • Los discapacitados.
  • Los adultos mayores.
  • Cualquiera de los cónyuges o concubinos.

En el mismo orden de ideas es importante saber que la obligación alimentaria se suspende o cesa en los siguientes casos:

  1. Cuando el obligado carece de medios para su cumplimiento.
  2. Cuando el acreedor alimentista deja de necesitarlos.
  3. En los casos de violencia o injurias por el acreedor alimentista mayor de edad hacia el deudor alimentario.
  4. Por la conducta viciosa o la falta de aplicación al estudio del acreedor alimentario mayor de edad.
  5. Si el acreedor alimentario abandona el domicilio familiar sin causa justificada.
  6. Y los demás supuestos que establezca la ley de la materia en la Ciudad de México.

¿Cómo solicitar una Demanda de Pensión Alimenticia?

Podrás solicitar tu demanda de pensión alimenticia una vez que acredites la calidad de acreedor alimentario y te presentes ante la autoridad competente de tu domicilio. Las controversias del orden familiar en materia de alimentos se pueden presentar a través del formato de demanda de Poder Judicial del Estado de México. El formato de referencia es distribuido en las Oficialías del Registro Civil, Oficialías Calificadoras y las Mediadoras-Conciliadoras en los Municipios, Coordinaciones Municipales de Derechos Humanos, Sistemas Estatales y Municipales de Desarrollo Integral de la Familia, Ministerios Públicos, Defensoría Pública y Juzgados de lo Familiar.

Como ya lo mencionamos, esta demanda podrá ser presentada por quien tenga derecho a los alimentos o por su representante legal. Si no cuentas con el patrocinio de un abogado, el juez oficiosamente te designará un defensor público. En el mismo orden de ideas, podrás acudir a las Instituciones mencionadas en el párrafo anterior por tu formato de consignación de alimentos, en el que bastará la firma de quien lo promueve.

En el auto que admita la demanda el juez si considera acreditada la obligación alimentaria, fijará un monto de pensión alimenticia provisional, ordenando se realicen los descuentos al deudor alimentario por la vía que considere más rápida.

Así mismo, el juez girará un oficio al centro de trabajo del demandado, al Instituto de la Función Registral del Estado de México, a las Instituciones de Seguridad Social o a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Para que informen sobre sueldos, prestaciones, ingresos y bienes declarados por el deudor alimentario.

Cuando no se pueda acreditar la capacidad económica de quien tiene la obligación de darlos a través de los medios legales, se fijará en salarios mínimos, sin que pueda ser inferior a uno.

Demanda de Pensión Alimenticia – Jurisprudencia

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Para fijar la pensión alimenticia entre concubinos cuando cesa la convivencia atenderemos el siguiente criterio emitido por La Suprema Corte de la Nación. Si deseas conocer el contenido total del criterio te invitamos a consultarlo en el siguiente enlace.

Concubinato. La restricción contenida en el artículo 291 quintus del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, que establece el plazo de un año contando a partir de que cesó la relación para ejercitar el derecho a una pensión alimenticia, no viola el principio de igualdad.

Preguntas Frecuentes sobre Demanda de Pensión Alimenticia

¿Quiénes pueden solicitar los alimentos?

  • Las y los hijos menores de edad o mayores de edad que estudien.
  • Las personas con discapacidad.
  • Los adultos mayores.
  • Cualquiera de los cónyuges o concubinos.

¿Los hijos menores de edad tienen derecho a pensión alimenticia?

Sí, los hijos mayores de edad tienen derecho siempre y cuando estén estudiando y estos sean acordes con su edad.

¿Se puede garantizar la pensión alimenticia?

Sí, la pensión alimenticia se puede asegurar por los medios legales para tal efecto. Como lo pueden ser la fianza, hipoteca, prenda o cantidad en dinero que garantice el pago de los alimentos.

Fuentes de información

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