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Info rápida:
Costo: $ gratis - 15,000
Duración: uno - seis meses
Trámite: presencial
En DivorcioFácil.mx te decimos cómo tramitar una carta de pensión alimenticia voluntaria si es esa tu duda, a través de una guía elaborada por nuestro equipo de abogados especialistas en materia familiar. Nosotros te proporcionamos la información necesaria para que inicies tu trámite. Por lo que te invitamos para que leas nuestro artículo hasta el final esperando te sea de gran ayuda.
Por último, esperamos haberte ayudado a despejar tus dudas en el procedimiento de cómo realizar tu carta de pensión alimenticia voluntaria y que la presente guía puedas compartirla con tus amigos o familiares que estén pasando por una situación semejante. Si tienes alguna duda o inquietud te invitamos a dejarlas en la caja de comentarios que se encuentra al final del artículo.
Contenidos
¿Tienes Dudas o Preguntas?
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La carta de pensión alimenticia voluntaria es el escrito por medio del cual el acreedor alimentario requiere formalmente al deudor alimentario el cumplimiento de la obligación alimentaria. Resultado de un proceso alimentario, en el que el juez declaró procedente el pago de alimentos o bien porque el solicitante tiene la necesidad de pedirlos.
Una de las finalidades de requerir al deudor alimentario por medio de la carta de pensión alimenticia, es tener un medio de prueba de que el acreedor hizo el requerimiento al obligado previamente de manera extra judicial y no dio formal cumplimiento.
Para que proceda el pago de alimentos, se debe acreditar la calidad conque se piden. En nuestra legislación mexicana, se establece que la obligación alimentaria es recíproca, esto es, el que los da tiene a su vez el derecho de pedirlos.
Pueden pedir el aseguramiento de los alimentos los siguientes:
Los costos para realizar este trámite dependerá del tipo de representación que elijas ya sea un abogado particular cuyo costo aproximado pues ser entre $ 10,000.00 y $ 15,000.00 pesos. Para el caso de que acudas a una representación gratuita en materia civil de tu Ciudad el trámite puede ser gratuito dependiendo de los lineamientos internos de atención que manejen.
Puedes solicitar la pensión alimenticia cuando:
El cálculo aproximado de la pensión alimenticia para un hijo será del 15%, considerando siempre el juzgador, que los alimentos deben ser otorgados en proporción a la posibilidad del deudor alimentario y a la necesidad de quien los pide.
En el mismo orden de ideas, es importante señalar que los alimentos por sus características no pueden tener el carácter de permanencia ni pueden ser definitivos. Ya que estos deben ser incrementados de manera anual conforme al Índice Nacional de Precios del Consumidor.
De igual forma si las percepciones económicas del deudor alimentario no han sufrido incremento alguno, el aumento será conforme a las percepciones netas comprobables.
Por último, si el deudor alimentario tiene ingresos no comprobables el juez determinará conforme al nivel de vida que tenían en el último año tanto los acreedores alimentistas como el deudor alimentario así como en su capacidad económica.
Son causas para que se suspenda o cese la obligación alimentaria las siguientes:
Los requisitos para la carta de pensión alimenticia voluntaria son los siguientes:
Analizados los requisitos señalados en el párrafo anterior podrán constituirse como acreedores alimentistas los siguientes:
Por último, cabe señalar para los acreedores alimentarios que no puedan apersonarse directamente en un juicio de pensión alimenticia, podrán hacerlo a través de un tutor o representante legal.
Para solicitar la carta de pensión alimenticia debes considerar las siguientes circunstancias:
Para más información respecto al trámite de pensión alimenticia puedes consultar la página de Poder Judicial de la Ciudad de México de forma gratuita.
Cuando exista negativa por parte del deudor alimentario al pago de la pensión alimenticia en la Ciudad de México por más de noventa días se realizaran las siguientes acciones: el juez de lo familiar dentro de sus facultades ordenará al Registro Civil la inscripción de dicha circunstancia en el registro de deudores alimentarios morosos y proporcionará los datos de identificación del deudor alimentista.
Para el caso de que se hayan liquidado los adeudos por concepto de pensión alimenticia y, dicha circunstancia se haya acreditado ante el Juez de lo familiar. El deudor moroso podrá solicitar ante el mismo juez, la cancelación de la inscripción de referencia en el Registro Civil.
El Registro Civil procederá a la cancelación de la inscripción previa orden del juez. El trámite ante el juez de lo familiar puede tardar aproximadamente en resolver las controversias en materia de alimentos definitivos en un tiempo estimado de hasta seis meses.
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En el siguiente criterio emitido por la Suprema corte de Justicia de la Nación establece lo referente al pago de los alimentos retroactivos
Alimentos retroactivos. El deudor alimentario tiene la carga de demostrar que desde el nacimiento del acreedor cumplió en forma proporcional, regular y suficiente con la obligación de proporcionarlos, en atención al principio del interés superior del menor de edad.
Incumplimiento de la obligación alimentaria por cuestiones de perdida de la fuente laboral la siguiente tesis nos amplía el criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Incumplimiento de obligaciones alimentarias impuestas mediante resolución judicial. El hecho de que el imputado por ese delito manifieste haber perdido su fuente de ingresos y que ello le impide cubrir el monto de la pensión respectiva. Es insuficiente para acreditar una excluyente de responsabilidad o una causa de justificación para la emisión de un auto de no vinculación a proceso (legislación del estado de Morelos).
Incluye todo lo necesario para la subsistencia de quien los pide, como lo pueden ser el calzado, ropa, casa, educación, tratamiento médico, alimentos y demás supuestos legales.
Pueden interponer una demanda los siguientes:
Sí, la pensión alimenticia se puede modificar de manera anual y conforme al Índice nacional de Precios del Consumidor. En el caso de que el deudor acredite que sus percepciones no han incrementado, el incremento se dará respecto a la totalidad de las percepciones comprobables.
Se debe interponer ante el juez oral familiar correspondiente al domicilio del demandante alimentario.
Sí, a través de un incidente de reducción y podrás tramitarlo en el mismo juicio o en un procedimiento totalmente nuevo.
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