¿Necesitas un abogado? Encuéntralo aquí
Info rápida:
Costo: $ 15,000 - 25,000
Duración: seis meses - doce meses
Trámite: Presencial
En DivorcioFácil.mx sabemos lo difícil que es hablar de la custodia entre padres que no estén casados y más cuando no llegan a un acuerdo de quien ejercerá la custodia o como solicitar asesoría jurídica. Es por ello que nuestro equipo de abogados han redactado la siguiente guía con información clara y precisa, como la siguiente:
Sabemos que es un tema muy amplio, por lo que te pueden quedar dudas. Si ese es el caso, puedes dejarnos un comentario al finalizar el artículo. También te invitamos a compartir esta información para orientar a más personas en este proceso.
Contenidos
¿Tienes Dudas o Preguntas?
Visita el Foro sobre Divorcio en México y que uno de nuestros expertos te responda.
La custodia de Padres no casados es aquella que deriva de una relación de concubinato, de una relación casual o de noviazgo, en donde el resultado es un embarazo o no deseado o no planeado. Y que en este tipo de relaciones lo más indicado es llevar una custodia compartida, pero en atención a su mismo tipo, en la mayoría de los casos no lo permite.
Así mismo, algunos progenitores conciben que el ejercicio de la custodia debe ser exclusiva de uno de los padres. Sobre todo, en los casos que no existe un vínculo legal consagrado. Pensando que con ello no tendrán tratos con el otro progenitor.
Lo cierto es, que mientras exista el interés de convivencia con el menor por parte del progenitor, así como la voluntad de compartir el ejercicio de la custodia por parte del otro, se podrán establecer los acuerdos necesarios. Esto, mediante un convenio por escrito para que la convivencia de ambos padres con el menor sea más saludable.
Los padres no casados y los hijos tienen muchas ventajas respecto de la custodia compartida como:
De lo anterior, se desprende que ejerciendo la custodia en común los padres gozan los mismos derechos y responsabilidades y con ello se evitan cargas abrumantes para uno solo. Permitiendo mantener lazos fuertes con sus hijos y de forma simultánea reconstruir una nueva vida y establecer otra relación por sí mismos.
El procedimiento para la custodia de un menor, cuando hablamos de padres no casados, pero que deciden responsabilizarse. Se puede acudir con un abogado particular para iniciarlo, siendo su costo alrededor de $15.000 a $25,000 pesos, esto si hablamos que la pareja pactan de mutuo acuerdo el ejercicio de la guarda y custodia con una duración en el trámite de seis meses o hasta un año.
Para el caso de que el padre quiera solicitar la convivencia para con el menor y, no esté reconocido legalmente por este y exista la oposición de la madre del menor, los costos se pueden incrementar hasta $50,000 pesos y el proceso judicial puede llevar de dos a tres años. No olvidemos que hablamos de una custodia entre padres que no están casados y se tendría que acreditar legalmente el vínculo filial.
Puedes solicitar la custodia cuando:
Los requisitos o documentos necesarios para los padres que no sean casados, pero exista reconocimiento en el vínculo filial ante autoridad administrativa competente serán los siguientes.
¿Tienes Dudas o Preguntas?
Visita el Foro sobre Divorcio en México y que uno de nuestros expertos te responda.
Para solicitar la custodia de padres no casados, el procedimiento se debe realizar de manera presencial por medio de representante legal. De preferencia abogado especialista en materia familiar, ante el juez competente y por la vía adecuada, esto dependerá del Estado en el que promuevas de acuerdo a la legislación de cada entidad federativa.
Establecido lo anterior, el procedimiento se desarrollará de la siguiente manera:
En el caso de desacuerdo respecto de las convivencias o cambio de guarda y custodia, el juez debe oír a los menores en las salas especiales de escucha de menores. Que permita el desenvolvimiento adecuado para las niñas, niños y adolescentes atendiendo siempre el interés superior del menor.
En el mismo orden de ideas es importante mencionar, que en tanto no haya resolución judicial en el procedimiento de guarda y custodia. El progenitor que ejerza la patria potestad o la guarda y custodia provisional del menor, deben dar cumplimiento a las siguientes obligaciones de crianza:
El Siguiente criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación nos establece la obligación de los centros de facilitar la convivencia paterno filial minimizando los riesgos de daños físicos y psicológicos. Si te interesa saber el contenido completo, te invitamos a que lo consultes en el enlace que te dejamos en líneas anteriores.
Interés Superior del menor. La convivencia paterno filial supervisada en un centro de convivencia familiar, constituye una medida acorde con este principio (Legislación del Distrito Federal).
La guarda y custodia es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los progenitores para con los hijos menores, en donde de común acuerdo los padres se pondrán de acuerdo quien la ejercerá. A falta de acuerdo será la autoridad competente quien decida al respecto, procurando siempre el desarrollo físico, emocional y educativo de estos.
El juez de lo familiar resolverá a quien le asiste el derecho al ejercicio de la guarda y custodia, atendiendo al interés superior del menor así como al principio de igualdad entre los progenitores sin perjuicio de género. Y valorando el ambiente adecuado para el desarrollo integral del o de los menores.
Cuando los progenitores no vivan juntos, convendrán cuál de los dos ejercerá su guarda y custodia. En el caso de no haber acuerdo será el juez de lo familiar quien resuelva. Oyendo al padre y la madre tanto como al menor y resolverá lo más conveniente para el menor
¿Tienes Dudas o Preguntas?
Visita el Foro sobre Divorcio en México y que uno de nuestros expertos te responda.